jueves, 14 de julio de 2016

El congreso local homologó la ley de la materia con la del consejo nacional de transparencia

Rosarito Informa.-El Congreso local aprobó una reforma presentada por el diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides para homologar la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, con el Consejo Nacional de Transparencia, con lo que se amplía el plazo a seis meses para que los sujetos obligados expidan sus reglamentos internos.

La iniciativa fue aprobada con dispensa de trámite durante la sesión ordinaria celebrada este día, la cual fue conducida por la diputada Mónica Bedoya Serna, presidenta de la Mesa Directiva de la XXI Legislatura.


El diputado Cardona Benavides explicó que en fecha 29 de abril del presente año, se publicó en el Periódico Oficial del Estado la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California.
 En ella, detalló, uno de los temas novedosos en pro de la transparencia y publicidad de la información pública gubernamental, lo constituye el catálogo de obligaciones comunes y específicas que los sujetos obligados deben de publicar oficiosamente en sus portales de internet.


Para que los sujetos obligados cumplan con la esta trascendente obligación, dijo, entre los transitorios de esta nueva Ley se estableció en su artículo Tercero Transitorio, un plazo de 60 días, a partir de su publicación, para que los sujetos obligados procedieran con la actualización de sus portales de internet y cumplieran con la publicidad de la información prevista en los capítulos II y III del Título Quinto de la precitada Ley.

Sin embargo, señaló el inicialista, el Consejo Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, expidió los lineamientos técnicos generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el título quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la ley general de transparencia y acceso a la información pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de internet y en la plataforma nacional de transparencia.

Estos fueron publicados el día 4 de mayo de 2016, en los que el segundo transitorio de dicho ordenamiento estableció el plazo de seis meses, para que los sujetos obligados de los tres ámbitos de gobierno, incorporen a sus portales de internet y a la plataforma nacional, toda la información a que se refieren los capítulos I y IV del título quinto de la ley general de transparencia y acceso a la información pública.

Por esta razón, señaló,  “advertimos la conveniencia de la homologación del plazo dispuesto en nuestra Ley Estatal con el plazo establecido en los Lineamientos referidos, fundamentalmente, por la rectoría normativa que en materia de lineamientos y criterios nacionales tiene el Consejo Nacional, pero también por la razonabilidad del plazo ante el grado de complejidad que impone a los sujetos obligados la homologación y el suministro de la información en la plataforma nacional correspondiente.

Bajo estos argumentos se aprobó la reforma al artículo Tercero Transitorio de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California, para quedar como sigue:

“Los sujetos obligados deberán expedir o modificar sus reglamentos  internos a más tardar dentro de los noventa días naturales contados a partir de la publicación de esta Ley, en el Periódico Oficial del Estado”.

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