Dicha
iniciativa, explicó la legisladora, responde a la problemática que existe
actualmente en referencia a que no está establecido de manera clara en las
leyes vigentes de la materia, el monto de las cuotas y las tarifas de los
servicios que prestan los diferentes organismos descentralizados y paraestatales
de Baja California. Además de que no se especifica bien todos los servicios que
dan a la población y hay la carencia de un cobro homogéneo de cuotas por las
contraprestaciones brindadas de los mencionados organismos.
Dijo
también que se tiene un trato desigual en la forma de cómo se estipulan las
cuotas y tarifas de los servicios, y puso los ejemplos en cuanto a: la
expedición de credenciales a los alumnos en los centros educativos, la renta de
canchas en espacios deportivos, acceso a parques de la ciudad, acceso a
estacionamientos de las unidades deportivas y museos del Estado.
Puntualizó
que la presente iniciativa no tiene ninguna intención de proponer cambios a las
cuotas o tarifas que se recaudan en cada organismo, sino que su idea
fundamental es la de analizar y establecer certidumbre a la sociedad mediante
su debida legislación, todo ello en favor del desarrollo de Baja California y
de sus municipios.
El
artículo adicionado 4-1 a la Ley de Hacienda Estatal, queda como sigue: “Las
contribuciones que perciban los Organismos Descentralizados, Concesionarios,
Empresas de Participación Estatal o Paraestatales, por la prestación de un
servicio público, ya sea de los establecidos como Derechos o cualquier otra
denominación hacendaria, se fijarán mediante cuotas o tarifas que en su caso
corresponda. Ninguna contribución mencionada en el presente artículo podrá
recaudarse si no está prevista por la Ley anual de ingresos correspondiente, o
por una ley posterior que lo establecezca”.
Los
artículos adicionados 7 bis y 11 bis a la Ley de Hacienda Municipal, quedan
como el artículo 4-1 pero referidos a los municipios.
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