Rosarito Informa.-El Congreso del Estado aprobó una reforma al artículo 697 del Código Civil del Estado, a fin de reducir a un año el lapso para declarar la presunción de muerte, contados desde la desaparición de la persona.
Así fue determinado con el dictamen 121 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, el cual fue aprobado por unanimidad durante la sesión ordinaria de este día, la cual fue conducida por el Presidente de la Mesa Directiva de la XX Legislatura, Diputado Alfonso Garzón Zataráin.
La Iniciativa de esta reforma fue presentada a consideración del Pleno por el Diputado Máximo García López, del Partido Acción Nacional, a efecto de reducir el tiempo para que los familiares de quienes se encuentren en esta situación puedan reclamar seguros, herencias, etcétera.
De acuerdo a la Ley vigente, expuso el Inicialista, deben transcurrir dos años para que un juez emita la declaratoria de presunción de muerte lo que, además del dolor que provoca en la familia la incertidumbre de desconocer el paradero del ser querido, ocasiona daños al patrimonio, pues no se pueden hacer efectivos seguros de vida, ni cancelar deudas, entre otros trastornos.
Por esa razón, se plasmó en la exposición de motivos, era un añejo clamor por parte de los miembros de las agrupaciones civiles que han perdido a un familiar bajo esas circunstancias, que se redujera a un año el tiempo que debe transcurrir para que el juez pueda emitir la declaratoria respectiva
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