jueves, 21 de enero de 2016

Propone Dip. Mónica Bedoya facultar a la procuraduría para la defensa del menor para exigir se constituya el patrimonio familiar

Rosarito Informa.-La diputada Mónica Bedoya Serna presentó una iniciativa de reforma al artículo 726 del Código Civil del Estado, con el propósito de facultar a la Procuraduría para la Defensa del Menor y la Familia para que exija judicialmente que se constituya el patrimonio familiar, cuando esté en peligro el sustento alimentario del acreedor.


La propuesta fue presentada este jueves durante la sesión ordinaria de la Vigésima Primera Legislatura del Estado, misma que fue conducida por la diputada Irma Martínez Manríquez, presidenta de la Mesa Directiva.
 Bedoya Serna expuso en la tribuna que el referido artículo del Código Civil vigente establece: “Cuando haya peligro de que quien tiene obligación de dar alimentos pierda sus bienes por mala administración o porque los esté dilapidando, los acreedores alimentistas o sus tutores, si se trata de incapaces, o bien el Ministerio Público, tienen derecho de exigir judicialmente que se constituya el patrimonio de la familia hasta por los valores fijados en el artículo 722 del mismo código”.


“En consecuencia –añadió la diputada Mónica Bedoya- la presente iniciativa pretende  otorgar dicho derecho o facultades a la Procuraduría para la Defensa del Menor, a fin de que defienda los intereses del menor e incapaz, cuando se ponga en peligro su sustento alimentista por irresponsabilidad del deudor de ellos”.

La legisladora resaltó que la citada procuraduría, por ley, es la responsable de promover y proteger los derechos del menor en el Estado, en términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la Convención Sobre los Derechos del Niño, la Constitución Política del Estado de Baja California y la Ley de Protección y Defensa de los Derechos de los Menores y la Familia.

En consecuencia  -subrayó- “la presente iniciativa pretende  otorgar dicho derecho o facultades a esta última autoridad. Es decir, que defienda los intereses del menor e incapaz cuando se ponga en peligro su sustento alimentista por irresponsabilidad del deudor de ellos”.


La Iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia para su análisis y posterior dictaminación.  

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