Rosarito Informa.-Partidos políticos, sindicatos, fideicomisos, fondos
públicos, así como organizaciones o personas físicas que reciban recursos
públicos, serán sujetos a transparentar su información y entregarla de ser
requerida por la ciudadanía.
Lo anterior debido a que el Congreso del Estado aprobó por
unanimidad este jueves la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública de Baja California.
Cabe aclarar que previo a esta aprobación, el Pleno del
Congreso fue enterado de la declaratoria de procedencia de la reforma a los
artículos 7, 91, 93 y 94 de la Constitución local, con lo cual se dio el
sustento legal para que entrara en vigor el nuevo ordenamiento.
El diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, uno de los
inicialistas de la ley, explicó que se trata de una ley integral que consta de
171 artículos, nueve títulos y 24 capítulos, que viene a derogar la anterior
legislación en la materia y se ajusta a los nuevos principios que establece la
ley nacional.
Entre las nuevas características de la ley se incluye la
prueba de daño, es decir, el funcionario debe comprobar en que afectaría el dar
una información, en caso de negarse a proporcionarla.
Además con el nuevo marco jurídico, la designación de los
consejeros de transparencia excluye al Poder Ejecutivo de la propuesta, pues
ahora la realiza un comité ciudadano conformado por sectores representativos de
la sociedad civil.
En el rubro de las sanciones, se estipula el apercibimiento,
la suspensión o multas hasta por mil 500 salarios, para aquellos funcionarios o
entidades que se nieguen a entregar la información solicitada.
Cardona Benavides destacó que el proyecto principal de la
Ley de Transparencia emanó de las organizaciones civiles a través de foros de
consulta que llevó a cabo en los distintos municipios, la cual se unió a
iniciativas presentadas por diversos diputados.
Indicó que es el Instituto de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado, el organismo
constitucional autónomo especializado, imparcial y colegiado al que
corresponderá garantizar el acceso a la información pública, emitir políticas
de transparencia proactiva; coadyuvar en la implementación de políticas y
mecanismos de gobierno abierto y resolver los recursos de revisión en los
términos que establezca la Ley.
"Los sujetos obligados de este ordenamiento, deberán
expedir o modificar sus reglamentos internos a más tardar dentro de los 90 días
naturales contados a partir de la publicación de esta Ley en el Periódico
Oficial del Estado", puntualizó el legislador del PAN.
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