jueves, 29 de septiembre de 2016

Avalan que diputados que se haya separado de su grupo parlamentario, no puedan constituirse en otro

Rosarito Informa.-En sesión extraordinaria de ayer, el Pleno de la Vigésima Primera Legislatura local aprobó la adición de un segundo párrafo al artículo 28 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, lo cual tiene el propósito de establecer que los diputados que se haya separado de su grupo parlamentario original, no puedan constituirse en otro grupo parlamentario.

En su exposición de motivos, el inicialista diputado Fausto Gallardo García informó que el artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, dispone que los diputados con igual afiliación de partido deben formar un grupo parlamentario para sostener los principios y lineamientos de sus respectivos partidos, así como para coadyuvar al mejor desarrollo del proceso legislativo, por medio de la orientación de criterios comunes en las discusiones y deliberaciones.


No obstante lo anterior, agregó que el mismo numeral también advierte que los diputados que no deseen o dejen de pertenecer a un grupo parlamentario, o no puedan formar uno por los requisitos establecidos en la referida ley orgánica, se les guardarán las mismas consideraciones que a los diputados coordinados, apoyándolos en lo individual conforme a posibilidades y presupuesto del Congreso del Estado, para que puedan desempeñar sus funciones de representación popular.



Indicó que a pesar de que dicho numeral admite que un legislador con determinada filiación política pueda dejar de pertenecer a un grupo parlamentario, se considera de gran relevancia precisar en la ley que esto no implica la posibilidad de que pueda constituir o formar parte de otro grupo parlamentario.

En ese sentido, Gallardo García explicó que su iniciativa pretende clarificar esta situación a fin de favorecer el desarrollo de las funciones legislativas, así como la expresión y defensa de las corrientes políticas representadas en el Congreso del Estado, tal y como se establece en otros ordenamientos del país, como es el caso de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, y la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, entre otras.

Asimismo, el representante del Partido Verde Ecologista de México argumentó que permitir la creación de grupos parlamentarios de manera caprichosa, tendría un impacto presupuestal negativo, más aún cuando pueden ser integrados por dos diputados, ya que de conformidad con el artículo 35 de la referida Ley Orgánica, cada uno de estos grupos tendría, en su caso, el derecho a disponer de locales adecuados en las instalaciones del Congreso del Estado, así como de los asesores, personal y elementos materiales necesarios para el cumplimiento de sus funciones.


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