jueves, 29 de septiembre de 2016

Designa consejo general del instituto electoral al comité de transparencia y acceso a la información

Rosarito Informa.-Este día el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) aprobó la designación de Luis Escalante Aguilar como el servidor público que integrará y presidirá el Comité de Transparencia y Acceso a la Información de este Organismo Público.

Durante la Décimo Tercera Sesión Ordinaria del Instituto Estatal Electoral, XXXXX se presentó el proyecto de punto de acuerdo relativo a la“Integración del Comité de Transparencia y Acceso a la Información del Instituto Estatal Electoral de Baja California”, el cual fue aprobado por unanimidad.


El Comité de Transparencia queda conformado en los siguientes términos:
NOMBRE
CARGO
C. Luis Raúl Escalante Aguilar
Presidente
C. Perla Deborah Esquivel Barrón
Integrante
C. Mario Eduardo Malo Payán
Integrante
C. Vanessa Georgina López Sánchez
Secretaria Técnica


De conformidad con lo referido en el artículo 11 del Reglamento de Transparencia, el Comité de Transparencia del Instituto Estatal Electoral se integrará de acuerdo a lo siguiente: 1) un servidor público del Instituto designado por el Consejo a propuesta del Consejero Presidente, quien lo presidirá, con voz y voto; 2) un servidor público del Instituto designado por la Junta General Ejecutiva, a propuesta de la Secretaria Ejecutiva, con voz y voto; 3) el Titular de la Unidad de Transparencia del Instituto Electoral, con voz y voto y 4) un servidor público designado por el Titular de la Unidad de Transparencia fungirá como Secretario Técnico del Comité de Transparencia, quien tendrá voz pero no voto.

El Artículo 12 del Reglamento de Transparencia refiere las atribuciones del Comité de Transparencia en el que refiere la de Instituir, coordinar y supervisar, los procedimientos para asegurar la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes en materia de acceso a la información, confirmar, modificar o revocar las determinaciones que en materia de ampliación del plazo de respuesta, clasificación de la información y declaración de inexistencia o de incompetencia realicen los titulares de las áreas administrativas del Instituto Electoral.

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