La Legisladora perteneciente al Grupo Parlamentario del PRI en la XX
Legislatura, expuso durante la última sesión ordinaria, realizada el pasado 11
de septiembre, que de acuerdo al estudio realizado por la LXI Legislatura
Federal, la ONU y el Colegio de México, titulado “Feminicido en México: Aproximaciones,
tendencias y cambios 1985 – 2009”, en México, cinco mujeres son asesinadas
diariamente, del 2007 a 2009 se cometieron 4 mil 379 feminicidios en nuestro
País. Nuestro estado ocupo el cuarto lugar a nivel Nacional con 285
feminicidios, con tendencia ascendente en los últimos años.
En lo que se refiere a violencia contra mujeres que no resulte en
homicidio doloso, reveló que el INEGI reporto en el 2007, que el 67.7% de las
mujeres de 15 años y más, sufrieron algún incidente de violencia de pareja, comunitaria,
laboral, familiar, escolar o patrimonial; en Baja California el índice es de
62.2%.
“Es por lo anterior, que como Legisladores y en un compromiso de
responsabilidad ante esta figura de estabilidad y cimiento social que es la
familia, debemos seguir trabajando arduamente para eliminar la violencia
familiar, en cualquiera de sus modalidades”, señaló.
Es por ello, dijo, que sometió a consideración del pleno la citada
iniciativa que tiene el objetivo de homologar los tipos de violencia descritas
en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su
versión estatal; así como tipificar el delito de violencia familiar en nuestro
Códigos Penal y Procedimientos Penales, para que sea perseguido por oficio,
ampliando los supuestos de violencia, como la cobertura y garantizar la
seguridad de miles de víctimas, dándoles mayor certeza jurídica.
La propuesta, agregó, también se considera fundamental y de gran
trascendencia, crear la figura de “Orden de Restricción de Acercamiento”; figura
que procura se le otorgue protección emergentes y preventiva a la víctima, a
través del juez de lo penal, familiar y civil, ese beneficio con la finalidad
de que el victimario se le prohíba cualquier tipo de acercamiento teniendo la
referencia la persona, no un lugar físico, ni a un plazo emergente y reducido
como actualmente existe.
“Esta figura ya se aplica en los Estados Unidos, Argentina, España y
Costa Rica, para proteger a la victima de represalias o futuras agresiones que
puede incitar el victimario. Esta orden de restricción se convierte en una
orden de protección, que se aplicaría al momento en que el victimario cumpla
con la pena impuesta por el Juez, así extendiendo la protección a la víctima
por un máximo de tres años, periodo que se puede extender a solicitud de la
víctima”, afirmó.
Por último, Sánchez Arredondo explicó que en su iniciativa también se
plantea la creación de un Registro Estatal de Órdenes de Protección y
Restricción de Acercamiento, bajo encargo de la Procuraduría General de
Justicia del Estado, con la intención de que
se dé un seguimiento real de las órdenes de protección como de
restricción, facilitándole al agente ministerial la supervisión de la misma, y
también al elemento de seguridad pública municipal, igualmente crear una base
de datos que nos permita dimensionar el número de casos existentes en nuestro
Estado, así como la efectividad de las autoridades correspondientes para
instrumentarlos.
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